DOCUMENTO DE ANTEQUERA
INSPECCION DE EDUCACION DE ANDALUCIA
 

Ante el deterioro de las condiciones de trabajo de la Inspección de Educación de Andalucía, los Sindicatos CSIF, CC OO y FETE-UGT, en representación de los inspectores e inspectoras de esta Comunidad Autónoma, reunidos en Antequera el día 4 de marzo del presente año, acuerdan por unanimidad, para poner en conocimiento de las Autoridades Educativas de la Junta de Andalucía lo que sigue:
PRESUPUESTOS: LA INSPECCIÓN EN EL ESTADO  DEMOCRATICO
La legislación del sistema educativo ha ido configurando, a lo largo del siglo XX, el derecho a la educación como un derecho de carácter social básico, soporte de las libertades individuales en una sociedad democrática, por lo que el Estado ha asumido la educación como un servicio público prioritario y los poderes públicos se han obligado a emprender las acciones necesarias para su efectivo logro.

La Constitución española (27.8) ha encomendado a los poderes públicos el mandato de homologar e inspeccionar el sistema educativo para garantizar el cumplimento de las leyes y, con ello, ha atribuido a la función inspectora una finalidad destacada en el sistema que garantiza el derecho a la educación, estableciendo así el rasgo más característico e identificador de la inspección educativa de nuestra democracia, que es la de servir a la sociedad contribuyendo a asegurar a los ciudadanos el ejercicio de este derecho fundamental en condiciones de igualdad.

El derecho a la educación será pleno cuando se asegure no sólo un puesto escolar, sino, sobre todo, una educación de calidad. La prioridad social de la calidad de la educación y el reconocimiento de la Inspección de Educación al servicio de esa calidad, imprescindible para el progreso de nuestra sociedad están recogidos en la LOGSE (art.55) donde la calidad va asociada, entre otros factores, a la evaluación y a la inspección.

En este sentido, el reto de la calidad debe ser hoy un objetivo de primer orden y su consecución, un compromiso compartido por todos los protagonistas directos de la educación, particularmente por los miembros de la comunidad educativa y los inspectores, conjugándose armoniosamente, como ya hicieron durante aquella experiencia democrática de la II República, en la que profesores e inspectores hicieron posible una de las experiencias más brillantes de la historia escolar española.

De acuerdo con el gran objetivo de la calidad de la educación, la LOPEGCE (Título IV) recrea el Cuerpo de Inspectores de Educación, acertando en la rectificación de desafortunados errores que sirvieron para poner en crisis una institución educativa histórica que había demostrado sobradamente su utilidad social Con lucidez rectificadora, el legislador de 1995 atribuye al nuevo Cuerpo de Inspección las funciones homologadas que las inspecciones de educación tienen en los países democráticos más avanzados: colaboración decidida en el control de legalidad, supervisión del funcionamiento y evaluación del sistema educativo, promoción de la renovación pedagógica, asesoramiento, orientación e información, tanto a la comunidades educativas como a las autoridades del sistema.. En definitiva, la identificación de la profesión como autoridad que garantiza, en el ámbito técnico, la calidad y legalidad del sistema y el reconocimiento de la Inspección de Educación al servicio de esa calidad, imprescindible para el progreso de nuestra sociedad.

El trabajo de la Inspección Educativa, se concreta en el cumplimiento de las funciones que La. Ley le atribuye, y ellas deben ser la referencia de su formación y selección. La Inspección no puede ser un instrumento a] servicio de funciones coyunturales y/o improvisadas, ya que ello podría suponer, sin duda, su progresiva desprofesionalización.. Muy al contrario, a la Inspección debe dotársela de una nueva reglamentación que profundice,, por un lado en los principios democráticos de participación, igualdad, legalidad y utilidad social, y por otro, en principios profesionales de tecnificación, especialización, colaboración, coordinación y jerarquía, que son los principios que inspiran nuestras leyes.

La nueva reglamentación del Cuerpo de Inspección no debe seguir retrasándose sin poner en riesgo la modernización de nuestra función. Los sindicatos firmantes manifiestan su disposición a contribuir a que la Inspección Educativa sea una garantía de imparcialidad y de modernidad para toda la sociedad, pero teniendo en cuenta obligados condicionamientos técnicos propios de todas las inspecciones del Estado.

CONDICIONES DE TRABAJO

Las difíciles y complejas condiciones en que se viene desarrollando el trabajo de los inspectores e inspectoras de los Servicios de Inspección de Andalucía, son una seria amenaza para la motivación profesional y la ilusión que una tarea como la que desarrollan exigen. Se pueden caracterizar por:
 

1.. El encargo de actividades, a veces, ajenas e improvisadas que imposibilitan la realización del Plan Anual del Servicio y que como tantos otros documentos con los que ha de trabajar el Servicio, no pasa de ser un documento burocrático.
2. Las dificultades para un desarrollo sistemático de las tareas propias del Servicio como consecuencia de las incesantes interferencias de distintos órganos de la Administración Educativa.
3. La. falta de consideración con la que, en ocasiones, se tratan las actuaciones técnicas de                                                      Inspección por parte de distintas unidades de la Administración, provinciales y/o regionales.
4. La desinformación en que se encuentran los miembros del Servicio de Inspección respecto de otras unidades de la Administración y de los Centros educativos.
5.. La escasa estimulación a la iniciativa profesional que padecen los miembros de los distintos Servicios de Inspección, ocupados sistemática y constantemente en actividades de tipo mecánico.
6. La lamentable carencia de los medios personales y materiales más imprescindibles para el desarrollo de la función inspectora.
 
 

REIVINDICACIONES
 

1. Dignificación y calidad de la función inspectora;

· Elaboración de un nuevo Decreto de Inspección.
· Reconocimiento de la. importancia del papel social de la Inspección Educativa, como instrumento fundamental y garantía de la calidad educativa en dicho Decreto.
· Supresión de las tareas burocráticas no especificas de la función inspectora en favor de otras técnico- pedagógicas.
· Elaboración de Planes de Inspección realistas y funcionales y de acuerdo con los presupuestos recogidos en el presente documento.
· Creación de cauces de participación.

2. Mejora de las condiciones de trabajo:

Medios y recursos:
· Dotar las plantillas del personal administrativo necesario.
· Dotar de recursos informáticos suficientes, conexión, a través de Internet, a bases de datos y programas de interés educativo, legislativo y a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Instalación de correo electrónico para facilitar y agilizar la comunicación con los distintos Centros y Servicios de la Administración Educativa.
· Dotar de despacho individual para cada inspector o inspectora con equipamiento estándar.
· Actualizar o, en su caso, crear bibliotecas especializadas en todos los Servicios Provinciales de Inspección con dotación económica anual para la misma.
· Garantizar la realización de un plan anual de formación de calidad, que incluya intercambio de experiencias con otras provincias, Comunidades Autónomas y países de la Unión Europea.
· Facilitar la asistencia y participación en otras actividades de investigación, formación y perfeccionamiento con los permisos y ayudas económicas correspondientes.
· Crear cauces que faciliten la relación y el intercambio entre la Inspección y la Universidad.
· Dotar a todas las Delegaciones Provinciales de Educación de Servicios Jurídicos.

Actualización de plantillas
· Revisión y actualización de las actuales plantillas de Inspección en cada provincia de acuerdo con unos criterios homogéneos
· Convocatorias periódicas de concursos de traslados
· Convocatorias periódicas de concursos de oposición.

Seguridad en el trabajo
· Seguro de vida y accidentes con cobertura durante el ejercicio de la actividad inspectora.
· Suscripción de un seguro a. todo riesgo para los vehículos propios de los inspectores e inspectoras, con cobertura exclusiva durante el ejercicio de la actividad inspectora u otras posibles fórmulas

Actualización económica
· Actualización del precio por kilómetro.
· Consideración de los desplazamientos urbanos
· Asignación al Cuerpo de Inspección del Nivel 27 en el Complemento de Destino.
· Actualización del Complemento Especifico de inspectores y Jefaturas del Servicio

Asignación de un complemento nivelador a los responsables orgánicos y funcionales de los Servicios de inspección.